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FUENTE: EXITOSA

El consumidor tal cual es

En un país como el Perú, con tantas carencias sociales, económicas y culturales, es interesado e hipócrita sobreexigir al consumidor bajo el estándar del "consumidor racional"

Publicado: 2017-06-12

En medio del despelote gene­rado a propósito de la “leche” que no es leche, no han faltado quienes responsabilizan del engaño, no a la empresa que ofrece en el mercado pro­ductos engañosos, sino a los propios consumidores por no tener la costumbre de leer las etiquetas de lo que compran o por no haberse percatado que un producto “tan barato” no podía ser leche; es decir, por no haberse comportado conforme al estándar de “consumidor razonable”, cuyo deber es informarse sobre las características del bien o ser­vicio que adquiere, por lo que luego no puede aducir que lo han engañado ni reclamar ante su negligencia al comprar. 

De acuerdo con las ideas desarrolladas por el joven constitucionalista peruano Juan Manuel Sosa, que suscri­bo plenamente y en seguida reseño, el estándar de “consu­midor razonable” es incom­patible con la Constitución. La norma fundamental protege al “consumidor tal cual es”, en nuestra realidad concreta, y no al “consumidor como qui­siéramos que sea”. Por tanto, añado, entidades como el In­decopi, creadas para proteger los derechos del consumidor, deberían adecuar su actuación al parámetro constitucional y abandonar estándares ajenos a nuestra realidad o que solo corresponden a una minoría.

Quienes proponen el están­dar del “consumidor razona­ble”, para justificarlo, aducen un “afán pedagógico” dirigido a encaminar a los consumi­dores a lo que deberían ser, mediante el aprendizaje por “ensayo y error”. Sin embargo, en un país como el Perú, con tantas carencias sociales, económicas y culturales, es interesado e hipócrita sobreexigir al consumidor. En todo caso, si hay un sincero interés en mejorar el “están­dar de consumidor”, primero debería mejorarse el “estándar de ser humano”, respecto del cual hay una tremenda deuda pública y privada.

Por otra parte, así como hay un estándar de consumidor, también debemos exigir un estándar de “proveedor” o “prestador razonable”, que cuando menos implique un ideal de empresa que no esté buscando permanentemente estafar o jugar al límite para generar confusión. Hay que tener claro que las libertades empresariales, a pesar de ser consideradas “libertades fundamentales”, en verdad son poderes o potestades, y en un Estado Constitucional todo po­der debe ser limitado, siendo los derechos fundamentales el límite más importante para todos los poderes. En suma, las potestades económicas deben estar subordinadas a los derechos.

(*) Publicado en diario Exitosa, lunes, 12 de junio, 2017.


Escrito por

Carlo Magno Salcedo

Abogado. Constitucionalista. Profesor de Ciencia Política (San Marcos) y Derecho (San Martín). Político. Cocinero. Cumbiero intelectual.


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Cuestiones de la Polis

Derecho, sociedad, cultura y política en el Perú y en otras polis del mundo.