El consumidor tal cual es
En un país como el Perú, con tantas carencias sociales, económicas y culturales, es interesado e hipócrita sobreexigir al consumidor bajo el estándar del "consumidor racional"
En medio del despelote generado a propósito de la “leche” que no es leche, no han faltado quienes responsabilizan del engaño, no a la empresa que ofrece en el mercado productos engañosos, sino a los propios consumidores por no tener la costumbre de leer las etiquetas de lo que compran o por no haberse percatado que un producto “tan barato” no podía ser leche; es decir, por no haberse comportado conforme al estándar de “consumidor razonable”, cuyo deber es informarse sobre las características del bien o servicio que adquiere, por lo que luego no puede aducir que lo han engañado ni reclamar ante su negligencia al comprar.
De acuerdo con las ideas desarrolladas por el joven constitucionalista peruano Juan Manuel Sosa, que suscribo plenamente y en seguida reseño, el estándar de “consumidor razonable” es incompatible con la Constitución. La norma fundamental protege al “consumidor tal cual es”, en nuestra realidad concreta, y no al “consumidor como quisiéramos que sea”. Por tanto, añado, entidades como el Indecopi, creadas para proteger los derechos del consumidor, deberían adecuar su actuación al parámetro constitucional y abandonar estándares ajenos a nuestra realidad o que solo corresponden a una minoría.
Quienes proponen el estándar del “consumidor razonable”, para justificarlo, aducen un “afán pedagógico” dirigido a encaminar a los consumidores a lo que deberían ser, mediante el aprendizaje por “ensayo y error”. Sin embargo, en un país como el Perú, con tantas carencias sociales, económicas y culturales, es interesado e hipócrita sobreexigir al consumidor. En todo caso, si hay un sincero interés en mejorar el “estándar de consumidor”, primero debería mejorarse el “estándar de ser humano”, respecto del cual hay una tremenda deuda pública y privada.
Por otra parte, así como hay un estándar de consumidor, también debemos exigir un estándar de “proveedor” o “prestador razonable”, que cuando menos implique un ideal de empresa que no esté buscando permanentemente estafar o jugar al límite para generar confusión. Hay que tener claro que las libertades empresariales, a pesar de ser consideradas “libertades fundamentales”, en verdad son poderes o potestades, y en un Estado Constitucional todo poder debe ser limitado, siendo los derechos fundamentales el límite más importante para todos los poderes. En suma, las potestades económicas deben estar subordinadas a los derechos.